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Miércoles 08 de Setiembre de 2010

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Decretos de Alan García buscan liberar a violadores de derechos humanos

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impunidad

Quieren impunidad. Rechazo y malestar ha provocado la promulgación del Decreto Legislativo 1097 sobre la “Aplicación de normas procesales por delitos que implican violación de derechos humanos” que, según organismos de derechos humanos no tiene otra intención que liberar a violadores de DDHH y servir como andamiaje para poner en libertad al ex presidente Alberto Fujimori.  En virtud a este decreto, casos como el del general Noriega, implicado en el caso de la sub oficial Mariela Barreto,  torturada y descuartizada podrían quedar impunes.

Además, podrían servir para absolver y poner en libertad a miembro del Grupo Colina como Santiago Martin Rivas. Los decretos pretenden que todas las violaciones a los derechos humanos perpetradas entre 1980 y 2000 tengan un plazo de prescripción, es decir, que existan barreras temporales que hacen imposible su persecución penal.

Esta norma se enmarca en un grupo de cuatro decretos legislativos (Nº 1094, 1095, 1096 y 1097) publicados en el diario oficial “El Peruano” el 1º de Septiembre del presente año. Estos decretos de la “muerte” han recibido el rechazo unánime de organismo de derechos humanos que han expresado su preocupación por estas leyes que criminalizan aún más la protesta social y buscan impunidad en casos de violaciones de derechos humanos.

A Diez años desde que terminó el tiempo de violencia política, miles de personas en todo el país todavía exigen justicia por sus familiares muertos y desaparecidos entre los años 1980 hasta el 2000, quienes fueron víctimas de vejámenes, abusos sexuales, humillaciones, torturas y desapariciones.

Ver casos más de graves violaciones de DDHH. http://derechoshumanos.pe/wp-content/uploads/2010/09/casos-ddhh-en-proceso.pdf

Decretos de la “muerte”

Según el decreto 1097 los casos de violación a los derechos humanos sólo se cuentan desde el año 2003, dejando de lado todos los crímenes  que se cometieron durante dos décadas, y que de acuerdo a los tratados internacionales son imprescriptibles o no tienen fecha límite para ser juzgados.

De esta forma, se pretende que todos los efectivos que son culpables de violaciones se acojan a la caducidad de sus delitos y nunca paguen todo el daño que le hicieron al país. Así también, con este decreto, los jueces y salas penales están en la libertad de sentenciar a los violadores de derechos humanos con penas que sólo podrían cumplir en sus propias casas o en la institución armada a la que pertenecen. Además, los culpables pueden pagar una “caución” o fianza.

Ante este hecho, organismos de derechos humanos como la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y  el Instituto de Defensa Legal (IDL) emitieron un pronunciamiento analizando los cuatro decretos:

Sobre el decreto legislativo Nº 1097

1. Respecto al decreto legislativo Nº 1097, referido a la aplicación de normas procesales por delitos que implican violaciones de derechos humanos.

Sin duda constituye un serio retroceso que va en contra de la Convención americana y que pretende la impunidad de graves violaciones de derechos humanos perpetradas durante el conflicto armado interno en las décadas de los ochenta y noventa en el Perú. Inclusive, esta norma podría terminar beneficiando a los terroristas que perpetraron crímenes de lesa humanidad.

2. Por otro lado, el decreto legislativo Nº 1097, adelanta la aplicación de algunos artículos del nuevo Código Procesal Penal, con un afán supuestamente garantista.

Por ejemplo, en virtud de esta nueva norma, los militares o policías acusados de violaciones de derechos humanos podrán cumplir arresto domiciliario en “instalaciones militares o policiales”, esto es, no sólo cuarteles sino hasta centros recreacionales de las fuerzas armadas o la policía nacional. Asimismo, se aplica el plazo máximo de 36 meses de detención previsto en el antiguo Código procesal penal, sin tomar en cuenta la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Constitucional que consideró válido extender dicho plazo más allá de los 36 meses en el caso de delitos complejos como lo son, evidentemente, los crímenes de derechos humanos.

Sobre el decreto legislativo Nº 1095

3. En relación al decreto legislativo Nº 1095, referido a reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las fuerzas armadas en el territorio nacional.

4. A su vez, resulta inaceptable la modificación del artículo 27º de este decreto legislativo Nº 1095, en comparación con el artículo 13º de la derogada ley Nº 29166.

Cabe señalar, que este cuestionable artículo 27º remite al personal militar al fuero militar policial, con lo cual, la intención sería extender la competencia de este fuero al juzgamiento de delitos comunes, lo que constituiría una grave afectación a la Constitución y la Convención americana.

Sobre el decreto legislativo Nº 1094

5. En el caso del decreto legislativo Nº 1094, que aprueba un nuevo e innecesario Código penal militar policial.

De esta manera, queda en evidencia que fue tan sólo un pretexto la justificación para la delegación de funciones legislativas aprobada por la Ley Nº 29548, que mencionaba la necesidad de adecuar este código a lo dispuesto por la jurisprudencia del TC; justificación que inclusive fue esgrimida públicamente por el presidente del tribunal supremo de justicia militar.

Sobre el decreto legislativo Nº 1096

6. En el caso del decreto legislativo Nº 1096, que modifica la ley de organización y funciones del fuero militar policial Ley Nº 29182.

Este decreto legislativo es muestra de la grave inconsistencia de la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente 00001-2009-PI/TC que a fines de diciembre del año 2009, sostuvo que los jueces y fiscales militares podían ser —a la vez— oficiales en situación de actividad, sin restricción alguna. En cambio ahora, la norma en referencia establece que tanto el tribunal supremo de justicia militar policial como el consejo ejecutivo del fuero militar policial, tendrán una composición mixta de oficiales en retiro y en actividad.

Casos que serían sobreseídos por la aplicación del DL:

Caso Frontón 1986 Sobreseimiento

Cayara 1988 Sobreseimiento

Castro Castro 1992 Sobreseimiento

Mariela Barreto 1997 Sobreseimiento

Accomarca 1985 Libertad

Caso Huancapi 1990 Libertad

Cabitos 1983 Libertad

Barrios Altos / Campesinos del Santa / Pedro Yauri Libertad

Chuschi 1990 Sobreseimiento

Caso Patron Huanta 84 / Jaime Ayala y Pucayacu Sobreseimiento

Caso Pichari 1983 Sobreseimiento

Caso Cabitos (fosa) 1985 Sobreseimiento

Universidad del Centro 1992 Sobreseimiento

Caso Molinos 1989 Sobreseimiento

Caso periodista Morales, Leonor Zamora 1990 Sobreseimiento

Caso Gómez Palomino (colina) 1992 sobreseimiento

Caso Humaya –Chambra 1991 sobreseimiento

 

Alberto Gonzales Zamora

Redacción.

Pueblos amazónicos y andinos en lucha por ley de consulta

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pleno del congreso

En voz de protesta. Durante conferencia de prensa lideres amazónicos y andinos sentaron sus posiciones y discrepancias respecto a cómo el gobierno viene manejando suspicazmente la ley de la consulta. En ese sentido en el Pleno del Congreso de la República se discutirá una ley de consulta que desnaturaliza la ley original aprobada en consenso con los pueblos indígenas el 19 de mayo y que contraviene el Convenio 169 de la OIT suscrito por el Perú.

Como ya lo han mencionado los líderes amazónicos y andinos, el texto de allanamiento presentado por la Comisión de Constitución no solo añade las observaciones hechas por el Ejecutivo sino que contiene agregados que lo convierten en un nuevo texto que afecta seriamente los derechos de los pueblos indígenas. Donde se señala que la consulta en materia de territorio solo procede sobre las áreas en propiedad, lo cual es contrariamente opuesto a lo establecido en el Convenio 169 de la OIT, sentencias vinculantes sobre la materia dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Convención Americana sobre Derechos Humanos y Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas.

Durante la conferencia, antesala del pleno, la Congresista Hilaria Supa mencionó que “debemos tomar conciencia de la Ley de Consulta y el Convenio 169 que el gobierno viene desconociendo hace meses y diciendo que los pueblos campesinos no somos indígenas, Ahí se claramente que nuestro gobierno no conoce verdaderamente nuestro país. Por eso se producen tantos conflictos y tantas brechas, por eso hay tantas represiones” La congresista añadió además que “los pueblos no solo están para ir hacer campañas y pedir votos que es eso utilizarlos por conveniencia, nuestros pueblos exigen un debido respeto y consulta con una debida información”.

Por su parte el Melchor Lima de la Confederación Campesina del Perú sostuvo que “con el cumplimiento de la ley de consulta nosotros los pueblos andinos amazónicos estamos reivindicando nuestros derechos que es de total justicia y esa ley que se aprobó el 19 de mayo no responde a nuestros derechos de miles de años de generación, por eso mismo los descontentos que se están generando son con mucha razón, aquí falta que las instituciones se pronuncien como la Defensoría del Pueblo”

A su turno el líder amazónico Alberto Pizango resalto “la actitud de los congresistas valientes que defienden los intereses de los pueblos frente a la observación que diera el gobierno a la ley de consulta aprobada por el congreso. Pero aquí estamos los pueblos para comunicarles que el gobierno insiste en aprobar esta ley de allanamiento. Pido defendamos los intereses reales de todos los peruanos, no estamos para soportar más atropellos y violaciones. La clara postura del gobierno es de la división de los pueblos andinos y amazónicos para ponerlos en contra y favorecer a las trasnacionales. Sabemos que a raíz de esto Zebelio Kayak, presidente de la Organización de Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Río Cenepa (ODECOFROC) viene siendo amenazado”.

Mientras tanto Mario Palacios de la CONCAMI señalo que “el gobierno está a punto de cometer un gran error histórico por violar tratados internacionales al querer aprobar esta ley, el congresos tiene el deber histórico de corregir lo que el ejecutivo ha planteado. Las organizaciones indígenas, campesinas, nativas aglutinadas en el frente nacional en defensa de la vida y la soberanía estamos llevando adelante un proceso de consulta para responder al gobierno en caso se apruebe la degenerada ley de consulta y vamos reiniciar nuestras acciones de resistencia y lucha con la marcha nacional de los pueblos que se iniciará el 12 de octubre, una decisión por la dignidad de los pueblos”.

Informe alternativo denuncia mala fe del Gobierno contra organizaciones indígenas

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Presentarán informe alternativo

Dicen su palabra. Las organizaciones indígenas andinas y amazónicas del Perú presentaron a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el Informe Alternativo 2010 sobre la situación de los pueblos originarios en el país. El informe denuncia que el Estado peruano, representado por el Poder Ejecutivo, tiene una manifiesta mala fe frente a las organizaciones indígenas y para con la comunidad internacional, y ha violado de manera sistemática el principio de buena fe en la aplicación de los tratados internacionales, en especial el Convenio 169 de la OIT. Ante ello, las organizaciones representantvas de los pueblos indígenas consideran que el Gobierno debe ser sujeto de sanción efectiva por parte de los organismos de control de la OIT.

En este informe las organizaciones indígenas del Perú consideran que las observaciones a la Ley de Consulta -aprobada por el Congreso y luego rechazada por el Ejecutivo- llevan a la misma situación vivida antes de los sucesos de Bagua, e incluso, la agravan, al desconocer ahora a las comunidades del ande como pueblos indígenas. "Es claro que los argumentos esgrimidos por el señor Presidente en sus tesis del “perro del hortelano”, siguen orientando el accionar del gobierno", se indica. El informa alerta a la OIT que se pretende aprobar un procedimiento de consulta meramente formal, que no establecería límites o condicionantes efectivas para las decisiones políticas del gobierno ni para los diversos intereses privados cuyas actividades afectan derechos indígenas. Como se recuerda, la observada ley de Consulta Previa está pendiente de ser debatida nuevamente en el pleno del Parlamento.

Un caso paradigmático que contiene el informe, en este terreno, es la construcción de la Central Hidroeléctrica de Paquitzapango en el río Ene, territorio del pueblo asháninka. Este ha sido calificado como un conflicto activo en el último reporte de la Defensoría del Pueblo. La celeridad en la implementación y calificación del proyecto como de “interés público” (terminología de referencia para varias observaciones en el informe), pondría en riesgo “los procesos de consulta sobre proyectos a gran escala, al privilegiar la celeridad del proceso frente a la finalidad de la consulta, carácter previo, tiempos razonables, adecuación cultural y buena fe”.

Es importante resaltar que en la actualidad existen 15 proyectos de hidroeléctricas en la amazonía peruana. Cinco de estos proyectos se encuentran en el Marañón, uno en el Huallaga, cuatro en el Mantaro, uno en el Inambari, tres en el Ene, uno en el Tambo y uno en el Urubamba. El hecho contundente es que en febrero del presente año, “el Ejecutivo presentó al Congreso un proyecto de ley para modificar la ley de desplazamiento interno, permitiendo los desplazamientos que se produjesen a causa de proyectos de gran escala justificados por un interés público superior o primordial”.

El informe Alternativo sobre la Situación del cumplimiento del Convenio 169 en el Perú fue presentado por la CGTP, interlocutor directo ante la OIT, y fue elaborado por cinco organizaciones indígenas representativas: AIDESEP, CONAP, CONACAMI y la CCP. El informe será discutido en noviembre, en la sesión anual de la Comisión de Expertos del organismo internacional, y en ese momentp el Estado deberá rendir cuentas subre su proceder.

 

 

Última actualización el Martes, 17 de Agosto de 2010 17:32

Ayacucho: exhuman 37 cuerpos de fosa común de Putka

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Masacre en Putka

Horror. Tras 10 intensos días de trabajo, peritos del Equipo Forense Especializado del Instituto de Medicina Legal (IML) y la Primera Fiscalía Supraprovincial de Ayacucho culminaron con la exhumación de los 37 cuerpos que se encontraban en la fosa común de la comunidad campesina de Putka, en Huanta (Ayacucho). Las víctimas -entre las que se encontró una mujer que tenía ocho meses de embarazo, así como 13 niños menos de 15 años- fueron ultimadas por miembros de los Comités de Autodefensa y las Fuerzas Armadas el 25 de diciembre de 1984. Esta es una más de las alrededor de 4600 fosas comunes que existen en el país y que albergan unos 15 mil cadáveres de desaparecidos durante la guerra interna.

El 24 de diciembre de 1984, miembros de los Comités de Autodefensa (CAD) de Ccanis, Ccacas, Pampacancha y otras comunidades salieron junto a efectivos de la Marina de Guerra a buscar presuntos senderistas en el distrito de Santillana. En la madrugada del día siguiente, el grupo ingresó a la comunidad de Pago de Putka y, con engaños y amenazas, se llevó a decenas de personas a una zona descampada. Allí, fueron asesinados con cuchillos y armas punzocortantes, lo que ha quedado demostrado tras la exhumación. Sólo quedaron dos sobrevivientes que lograron llegar a donde estaban sus familiares, a un día de camino, para alertar de lo ocurrido.

Hoy, 26 años después, por fin los familiares han podido rescatar e identificar los cuerpos de las víctimas y se disponen a enterrarlos dignamente, de acuerdo con las tradiciones de la zona.

La masacre de Putka está muy relacionada con la de Putis, otra comunidad del mismo distrito que alberga la mayor fosa común del país con más de un centenar de cuerpos. Ambas masacres fueron realizadas con sólo dos semanas de diferencia, a finales del período presidencial de Fernando Belaúnde, el lapso en que más episodios de este tipo ocurrieron.

De acuerdo con los cálculos de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) existen en el país unas 4600 fosas comunes con cuerpos de alrededor de 15 mil peruanos asesinados durante el conflicto armado, ya sea por militares, comités de autodefensa y elementos de Sendero Luminoso y el MRTA. Pero con el ritmo y presupuesto actual que se dispone para esclarecer estos casos, demorará más de una década culminar con la tarea, lo que significa más y más años de angustia para los familiares que ni si quiera han podido enterrar de manera digna a sus seres queridos. Casos como Putka, Putis, Umasi, Lucanamarca, Santo Tomás de Pata, el cuartel Los Cabitos, o Accomarca son sólo algunos de los nombres más conocidos de una cruda historia que los peruanos aún no terminamos de desenterrar.

Accomarca

25 años después, aún no hay castigo. En agosto de 1985, cuando recién asumía la presidencia Alan García, ocurrió la masacre de Accomarca: efectivos del Ejército asesinaron a 69 personas, incluyendo niños y ancianos. Si bien el que se considera el principal autor de la masacre, Telmo Hurtado, se encuentra detenido en EEUU a la espera de su extradición, lo cierto es que aún no hay ninguna persona condenada por este caso. Esta semana, con motivo del 25 aniversario, los familiares realizarán una misa y diversos actos de homenaje para exigir justicia y reparación.

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Última actualización el Viernes, 13 de Agosto de 2010 15:37

Gobierno contradice a región San Martín y permite al grupo Romero deforestar Barranquita

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Barranquita deforestada

Preocupa. Siguiendo con su costumbre de emitir normas importantes en vísperas de feriado, el último 26 de julio -dos días antes de las fiestas patrias- el Gobierno emitió una resolución que permitirá a la empresa Agrícola del Caynarachi, propiedad del poderoso Grupo Romero, continuar con la deforestación en el distrito de Barranquita (Lamas, San Martín). La resolución ha pasado desapercibida para la prensa de Lima, pero ha causado gran revuelo en la región y ya se anuncian movilizaciones para el próximo 17 de agosto.

La resolución 476-2010 del Ministerio de Agricultura declara improcedente la solicitud que había realizado el Gobierno Regional de San Martín para que se declare la caducidad de la adjudicación de un área de 3 mil hectáreas de selva virgen concedida a Agrícola del Caynarachi para la plantación de palma aceitera a través de su proyecto “Palmas del Oriente”. Lo curioso es que a través de esta resolución el MINAG no sólo contradice a la región San Martín, sino que se contradice a sí mismo.

En efecto, la resolución “deja sin efecto” un oficio que el propio Ministerio había emitido en junio, en respuesta a la solicitud del Gobierno Regional referida a la caducidad de la adjudicación. Según dicho oficio 0982-20010-AG-SEGMA, debido a la descentralización y a la transferencia de funciones no le correspondía al MINAG resolver el caso, sino que era el propio Gobierno Regional el que debía pronunciarse al respecto. Un mes después, sin mayores argumentaciones, el Ministerio simplemente cambia de opinión y decide permitir que la deforestación continúe.

Alerta Perú conversó con Jaime Bustamante, procurador del Gobierno Regional de San Martín que está viendo el caso. Según nos explicó, la región quiere agotar la vía administrativa y para ello está estudiando de manera integral los argumentos legales, a fin de presentar en las próximas semanas un recurso de apelación. Bustamante explicó que la voluntad del Gobierno Regional es defender esta zona de la deforestación, puesto que la población local está muy vinculada al bosque tanto económica como cultural y espiritualmente y las actividades de la empresa Agrícola del Caynarachi la están afectando profundamente. También aseguró que el problema de fondo es la destrucción de la biodiversidad de la zona: “la empresa afirma que va a sembrar palma y que con eso va a reforestar, pero una vez que se ha arrasado con el bosque la biodiversidad simplemente se pierde, y eso es lo que ellos no están tomando en cuenta en su cálculo económico”, afirmó.

El Gobierno Regional solicitó en abril la caducidad de la adjudicación argumentando que Agrícola del Caynarachi había deforestado 2 mil 100 hectáreas en sólo cinco meses, cuando el contrato original establece que el desbosque debía realizarse a razón de 700 hectáreas por año. Pero hay otros argumentos, puesto que la adjudicación fue definida por el Ministerio de Agricultura sin tomar en cuenta la zonificación económica y ecológica aprobada por la región el 2006 (disponible aquí en la edición de Normas Legales), y sin exigir a la empresa un estudio de impacto ambiental.

Por otro lado, César Cárdenas, periodista ambiental de Tarapoto, explicó a Alerta Perú que la semana pasada se llevó a cabo una asamblea general en el distrito de Barranquita, donde los pobladores expresaron su molestia pero no definieron aún ninguna acción concreta. Por lo pronto, han anunciado que se plegarán a la marcha que tendrá lugar en Tarapoto el 17 de agosto, manifestación convocada con anticipación que incluye otros temas en su plataforma, pero que ahora servirá también para rechazar esta resolución. Cárdenas lamentó que el MINAG, quien hubiera podido declarar de oficio la caducidad por la violación del contrato, sólo se haya pronunciado sobre la forma y haya evitado tomar postura sobre el fondo.

Como se recuerda, en febrero el Gobierno Regional había revocado la “autorización de uso de suelo” que la empresa había solicitado para las primeras mil hectáreas, pero la empresa respondió denunciando a un funcionario regional y el caso se encuentra actualmente en el Poder Judicial. Luego, en abril, el Grupo Romero renunció a otra solicitud de adjudicación de más de 6 mil hectáreas para otro proyecto colindante con “Palmas del Oriente”. Además de estos dos proyectos, el Grupo Romero tiene inversiones en Palmawasi (Tocache) y Shanusi (Alto Amazonas) que suman casi 20 mil hectáreas adicionales. (Abundante información en el blog de César Cárdenas).

En febrero, el Ministro del Ambiente Antonio Brack respaldó la posición del Gobierno Regional, señalando que “talar bosques primarios para sembrar cualquier cosa, entre ellas palma aceitera, no se debe hacer en el siglo XXI, porque tenemos diez millones de hectáreas ya deforestadas donde se pueden hacer esos cultivos”. Sin embargo, además de su respaldo “moral”, el MINAM no ha tomado ninguna medida concreta para evitar la deforestación de la zona, y en este nuevo episodio ha permanecido callado. ¿Qué tan poderosas son las presiones del Grupo Romero?

¿Más info?

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Última actualización el Jueves, 12 de Agosto de 2010 17:19

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